Maestría en Poder y Sociedad desde la problemática del Género

DIRECTORA

Dra. Mónica Tarducci

CO-DIRECTORA

Dra. Laura Pasquali

SECRETARIA ACADÉMICA

Lic. Gisela Figueroa

COMISIÓN ACADÉMICA

Dra. Alejandra Ciriza

Mg. Ana esther Koldorf

Dra. Tania Diz

RESOLUCIONES

N° de Res. CS de aprobación del Plan de Estudios vigente: 558/2021

N° de Resolución Ministerial: 2641-E/17

N° de acta/resolución CONEAU y categorización si corresponde: 063/2023

La Maestría en Poder y Sociedad desde la Problemática del Género, creada en el año 1993, es la primera en su tipo en América Latina, ya que ninguna de las experiencias que la precedieron, tanto en el país como en el continente, fueron estudios de posgrado con nivel de maestría.

La Maestría es interdisciplinaria, motivo que permitió que la misma pudiera sostenerse como espacio de formación, ofreciendo tanto el cursado de toda la maestría, así como seminarios independientes para la formación en otros posgrados. Entre estos se incluyen doctorados de diferentes unidades académicas, tanto locales como nacionales.

Conjuntamente con sus actividades específicas de formación, capacitación y discusión sobre diferentes problemáticas sociales, ha emprendido innumerables tareas en conjunto con la Municipalidad de Rosario, el Gobierno de Santa Fe, con organizaciones no gubernamentales de mujeres y de Derechos Humanos, universidades, sindicatos, etc. instalándose como referente de consulta y orientación sobre temáticas atinentes a mujeres y disidencias.

La Maestría en Género se ha construido y se construye junto a un colectivo de docentes e investigadoras de reconocimiento internacional que son las responsables de los espacios curriculares que componen el plan de estudios.

El Plan de Estudios de la Maestría en Poder y Sociedad desde la Problemática del Género está estructurado en dos áreas de formación académica:

  1. a) Área de formación teórico-metodológica

Esta área enfatiza los contenidos epistemológicos, teóricos y metodológicos y está compuesta por los siguientes seminarios obligatorios:

  1. Corrientes epistemológicas en torno a la problemática de género
  2. Feminismo y construcción histórica de la problemática de género.
  3. Metodología de la investigación
  4. Taller de tesis
  5. b) Área de formación específica

En esta área se ofrecen seminarios con contenidos específicos, de los cuales cinco serán obligatorios y cuatro serán electivos.

Seminarios obligatorios

  1. Género, Sociedad y Poder
  2. Movimientos sociales contemporáneos
  3. Género y legislación
  4. Género y familia
  5. Género y mundo simbólico

Seminarios electivos: se deberán cursar cuatro entre los que oferte la Escuela de Posgrado de la Facultad de Humanidades y Artes.

  1. c) Tutorías y tareas de investigación
  2. d) Taller bimensual de discusión interdisciplinaria
  3. e) Tesis de Maestría

1. Las/os egresados con título de grado en Universidades argentinas –nacionales, provinciales y privadas- legalmente reconocidas con títulos equivalentes a los otorgados por esta Universidad.

2. Las/os graduados de Universidades extranjeras, oficialmente reconocidas en sus respectivos países, previa certificación de la Facultad, del Organismo Acreditador de su país o Ministerio correspondiente. Su admisión no significará reválida del título de grado para el ejercicio profesional.

3. Quienes no tengan título universitario de grado, pero eventualmente estén autorizados para iniciar el trámite de admisión por la Ley de Educación vigente (art. 39 bis), y tengan antecedentes académicos que la Comisión Académica de la Carrera considere suficientes para otorgar la admisión.

Para los postulantes extranjeros de habla no española será requisito de admisión acreditar el conocimiento idóneo del español.

Preguntas frecuentes

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¿Quiénes pueden acceder ?
Pueden acceder al cursado de la Maestría los gradudados de universidades nacionales y privadas de nuestro país y del extranjero, y los graduados de institutos terciarios cuyas carreras hayan tenido 4 (cuatro) años de duración, según la modificación del Art. Nº 39 bis de la Ley Nº 24.521, sancionada el 16/07/03 y promulgada el 07/08/03. (“Para acceder a la formación de posgrado, el postulante deberá contar con título universitario de grado o de nivel superior no universitario de cuatro (4) años de duración como mínimo y reunir los prerequisitos que determine el Comité Académico o la autoridad equivalente, a fin de comprobar que su formulación resulte compatible con las exigencias de posgrado al que aspira(…)”).
¿Documentación a entregar?

1-Fotocopia autenticada de DNI (1ª. Y 2ª. hoja).
2-Fotocopia autenticada del Acta de Nacimiento
3-.Fotocopia autenticada del título de grado (Diploma). Los egresados de institutos terciarios deberán presentar certificado analítico.
4-Curriculum Vitae del Maestrando (presentado con carácter de declaración jurada).
5-Carta de aceptación del Director de Tesis. (Podrán ser directores los descripcion3esores titulares, asociados o adjuntos o investigadores que acrediten antecedentes de investigación y académicos suficientes para dirigir trabajos de investigación.)
6-Curriculum Vitae del Director de Tesis (presentado con carácter de declaración jurada).
7-Preproyecto de Tesis.

La documentación indicada se entregará en carpeta tamaño a4 (sin anillado ni encuadernado), en el orden en que aparece citada a la izquierda). *Junto con esta documentación de incluirá el formulario de inscripción

¿Qué Requisitos debo cumplir para solicitar equivalencias?
Podrá solicitarse la equivalencia de hasta un 40% de los Seminarios de una Maestría, con acuerdo del Comité Asesor y ad-referendum de la Dirección de la Escuela de Posgrado, sobre la base del cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:

1- Haber cursado uno o más Seminarios de Posgrado con evaluación, aprobados en universidades nacionales, extranjeras y/o instituciones de reconocida trayectoria académicas, sobre temática similar a la del Seminario de la Maestría para el que se solicita la equivalencia. El/los seminario/s propuesto/s deberán tener la misma cantidad de horas de aquel por el que se quiere obtener la equivalencia. La nota de pedido de equivalencia deberá estar acompañada por copia del programa y fotocopia del certificado de aprobación, ambas autenticadas.

2- Haber publicado artículo/s en revistas especializadas de reconocida trayectoria académica, con referato, sobre el tema del Seminario para el que se solicita la equivalencia. La nota de pedido de equivalencia deberá estar acompañada por fotocopia del texto publicado con la portadilla, el índice y la hoja en la que figure el ISBN de la revista.

3- Tener a cargo el dictado de una asignatura de temática similar en el nivel universitario o terciario no universitario. La nota de pedido de equivalencia deberá estar acompañada por copia del programa correspondiente, con su bibliografía, autenticado por la institución en la que se dicta.

Nota: Para las equivalencias otorgadas por Seminarios en cuyos certificados se indique solamente la aprobación de éstos, la nota que figurará en el certificado del alumno será la de 5 (cinco) puntos; en el caso de que se indique una nota específica, se mantendrá ésta.
En el caso de equivalencias otorgadas por publicaciones o dictado de materias de contenido afín, la nota que figurará en el certificado analítico del alumno será la de aprobado 5 (cinco) puntos.
Todas las notas de pedido de equivalencias deberán incluir el Nº de Acta de Admisión a la Maestría del interesado e indicar de manera destacada y aparte del cuerpo del texto: “Se solicita equivalencia del Seminario (citar el de la Maestría) por (citar el Seminario, publicación o programa que se propone como equivalencia)”

¿Que datos debo incluir en el Preproyecto de tesis?
Datos a incluir
1-Carátula: Título (que refleje los aspectos básicos de la investigación a realizar), nombre del Maestrando, nombre del Director, nombre de la Maestría, Facultad, Universidad, fecha de entrega.
2-Índice.
3-Fundamentación.
4-Breve descripción del marco teórico-metodológico.
5-Bibliografía básica.
Reglamento de prorrogas de plazos de estudios de la escuela de posgrado
VISTO las carreras de Posgrado de distinto tipo que se dictan en la Facultad por razones tanto de tipo académico como reglamentario, establecen un plazo máximo de duración de los estudios,
CONSIDERANDO que, por razones de distinta índole un gran número de nuestros estudiantes no completa su formación en el plazo previsto por los respectivos planes y reglamentos de carrera.
Que, en la mayoría de los casos se trata de recursos humanos valiosos en proceso de formación, a los que resulta aconsejable se les permita completar la realización de sus estudios,
Que la Escuela de Posgrado, luego de haber intercambiado opiniones con los representantes acreditados ante ella por las diferentes escuelas de la Facultad, en reunión realizada el día 09 de setiembre, propone el siguiente mecanismo para el otorgamiento de prórrogas para la extensión del plazo de estudios.

ARTÍCULO 1. Facultar al Director de la Escuela de Posgrado al otorgamiento administrativo de prórrogas al plazo máximo de estudios de las diferentes carreras de Posgrado, sin necesidad de consultar a las comisiones académicas de las distintas carreras, para todos los alumnos que no hayan podido completar los estudios en el período previsto reglamentariamente, si se cumplen las siguientes condiciones:

a. Que la solicitud de prórroga sea firmada por el estudiante y su director.
b. Que el solicitante mantenga el plan de trabajo con el que se solicitó el ingreso y que fuera oportunamente evaluado por el comité académico respectivo.
c. Que el solicitante mantenga el/la directora/a que haya sido aprobado/a por el mencionado comité académico.
d. Que el solicitante tenga completado al menos el 80% del recorrido curricular tal como el mismo hubiera sido indicado por el comité académico.

ARTÍCULO 2. Que el otorgamiento por vía administrativa de la mencionada prórroga se podrá hacer por una sola vez y con un plazo máximo de un año
ARTÍCULO 3. Por razones de operatividad, de aquí en adelante, todas las personas cuyos plazos de estudios venzan al fin del cada curso lectivo, tendrán tiempo de presentar sus pedidos de prórroga a partir del 15 de marzo y hasta el 30 de junio del año siguiente.
ARTÍCULO 4: Inscríbase, comuníquese, archívese.-

Resolución nro. 518/08 c.d.

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